Suicidio en la red, consideraciones éticas
El suicidio es un problema de salud pública y su prevención es una tarea compleja, global y obligatoria. Nos encontramos en una era donde la exposición de nuestra vida privada, la hacemos pública, y así en 2011 el 65% de los usuarios adultos de Internet, usaban las redes sociales (Facebook, Myspace y Twitter). Estas plataformas también son usadas por grupos vulnerables como personas con enfermedades mentales y pueden suponer un riesgo al influir en decisiones como morir por suicidio. Las interacciones a través de salas de chat o foros de discusión pueden fomentar la presión de los compañeros, pudiendo, en el peor de los escenarios, reducir la duda o el miedo ante esta decisión.
Una tendencia que parece estar surgiendo es la de usar las redes sociales para dejar notas de suicidio, que se comparten con el público de forma instantánea, los pactos suicidas en línea, los suicidios en grupo e incluso la retransmisión en directo del suicidio en Facebook live.
Así mismo, Internet se puede utilizar para expresar y enviar comentarios sobre sentimientos y estados de ánimo, que en el caso de enfermos mentales, nos puede ofrecer una idea de su estado mental en el momento actual. En este escenario surge fundamentalmente una pregunta: ¿es ético y legal acceder el estado mental de un paciente en tiempo real?
Mientras que en la teoría, la búsqueda activa del perfil de un paciente en las redes sociales podría ser beneficiosa, no se considera ético sin que exista una autorización previa del paciente, aunque los perfiles sean públicos. Existe una delgada línea que separa seguimiento con “ser entrometido”. El acceso a los perfiles y redes sociales a través de medios no autorizados o encubiertos, puede provocar en el paciente un sentimiento de invasión de su vida privada y por tanto, se puede ver afectada de forma importante la relación médico paciente en la que inicialmente se presupone una confianza incondicional.
La información que podemos obtener, podría considerarse una “información clínica colateral”, pero que nos puede llevar a diferentes conflictos en caso de obtenerse su autorización:
– ¿Qué hacemos con la nueva información ó como la manejamos en consulta si no podemos desvelar la fuente?
– ¿Podría ser información no real o inexacta, (ya que cada uno puede poner la información que desea en su perfil) y por tanto incorporaríamos datos a nuestra historia clínica que son falsos y que podrían condicionar nuestro diagnóstico o plan terapéutico?
– ¿Cómo manejaríamos información contradictoria con los datos clínicos que tenemos?
Y una reflexión: ¿existiría para el psiquiatra un “deber de cuidado” para actuar sobre la información de la que habría sido desconocedor? El debate está abierto.
Bibliografía:
Luxton DD, June JD, Fairall JM. Social Media and Suicide: A Public Health Perspective. Am J Public Health. 2012 May;102(Suppl 2):S195–200.
Cox-George C. The changing face(book) of psychiatry: can we justify “following” patients’ social media activity? BJPsych Bull. 2015 Dec;39(6):283–4.
