Doble inicio de Aripiprazol intramuscular de liberación prolongada…a propósito de un caso clínico Sin antecedentes somáticos de interés

Seguimiento en Psiquiatría desde los 13 años con orientación diagnóstica de Esquizofrenia paranoide. Realizaba tratamiento con Quetiapina 150 mg de liberación modificada (0-0-1) y Topiramato 100 mg (1-1-1).
Se trata de una mujer de 62 años derivada por su Médico de Atención Primaria para iniciar seguimiento en la USMC de Los Palacios y Villafranca tras seguimiento previo de larga duración en el ámbito privado.
En las primeras entrevistas en consulta, se objetivó la ausencia de sintomatología psicótica activa, aunque la paciente presentaba una ligera ansiedad flotante y una marcada tendencia a la irritabilidad y evitación de las relaciones socio-familiares, como principales quejas de la paciente y su familia. A nivel funcional la paciente presentaba una importante inactividad y una clara dificultad para realizar sus actividades habituales con normalidad. Debido a la presencia de tics motores se propuso el cambio de tratamiento antipsicótico a Aripiprazol 10 mg (1-0-0).
Tras comprobar su eficacia clínica y su buena tolerabilidad, así como una disminución de los tics motores presentados previamente con Quetiapina, se planteó la posibilidad de iniciar tratamiento con Aripiprazol IM de liberación prolongada con doble dosis de inicio más suplementación oral de 20 mg en una única dosis, debido a los antecedentes de abandono del tratamiento psicofarmacológico por parte de la paciente en el pasado. Tanto la paciente como su familia aceptaron esta opción de tratamiento.
Previamente al inicio del tratamiento antipsicótico intramuscular de liberación prolongada, se administraron las escalas PANSS y de funcionamiento personal y social (PSP). En la escala PANSS, se objetivó la presencia de un síndrome positivo con el sistema restrictivo, con las siguientes puntuaciones: Síndrome positivo (13 puntos/Percentil 25), síndrome negativo (12 puntos/Percentil 25) y psicopatología general (34 puntos/Percentil 25). En la escala PSP, la paciente obtuvo una puntuación de 55 puntos, objetivándose la presencia de dificultades manifiestas en el apartado B (relaciones personales y sociales), dificultades marcadas en el apartado C (actividades sociales habituales) y dificultades leves en el apartado D (comportamientos perturbadores y agresivos).
Tras tres meses de tratamiento antipsicótico intramuscular de liberación prolongada, la paciente ha mantenido una adecuada estabilización psicopatológica, con una reducción importante de los tics motores presentados al inicio del seguimiento. Se realizó una nueva valoración de la paciente usando las escalas PANSS y PSP tras dos meses de tratamiento antipsicótico. En la escala PANSS, objetivamos la presencia de un síndrome negativo con el sistema restrictivo. Se observó una mejoría considerable tanto en el síndrome positivo (8 puntos/Percentil 5), como en el síndrome negativo (9 puntos/Percentil 5), así como en la psicopatología general (22 puntos/Percentil 5). En la escala PSP, la paciente obtuvo una puntuación de 75 puntos, observándose una clara mejoría de su funcionamiento personal y social. Únicamente persistían dificultades leves en los apartados B (relaciones personales y sociales) y C (actividades sociales).
